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Acreditación de Formación Continuada

Bienvenido/a a ME_jora F, aplicación para la acreditación de Actividades y Programas de Actividades de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias.

Le recordamos que la incorporación al proceso de acreditación requiere del cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos por la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias.

  • La Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias (LOPS) define la Formación Continuada como el proceso de enseñanza-aprendizaje al que tienen derecho y obligación los profesionales sanitarios, que se inicia tras finalizar los estudios de pregrado o de especialización y que está destinado a actualizar y mejorar los conocimientos, habilidades y actitudes de los profesionales sanitarios ante la evolución científica y tecnológica y las demandas y necesidades, tanto sociales como del propio sistema sanitario.

    Los destinatarios deben ser profesionales sanitarios en activo recogidos en la LOPS.

    Si, ocasionalmente, participan profesionales no sanitarios, éstos no podrán recibir certificado con créditos.

  • La solicitud de acreditación, una vez firmada por el responsable de la entidad, ha de incorporarse en apartado "cierre de la solicitud". El cierre de la solicitud debe completarse al menos 10 días antes del inicio de la actividad.

  • En el transcurso del proceso de acreditación, la Comisión Acreditación Formación Continuada Profesiones Sanitarias en el Principado de Asturias, podrá solicitar información adicional para completar aspectos de las solicitudes.

  • La acreditación de actividades de formación continuada está sujeta al Plan de Auditorías del órgano acreditador, mediante el cual se verifica, previa comunicación a la entidad proveedora, su adecuación a los elementos de calidad aportados en el proceso de acreditación.


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Un saludo,


Proyecto de Certificación
Formulario de Consulta

C/ Ciriaco Miguel Vigil, nº 9
Tlf. 985105500
Fax.